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NUEVO MARCO LEGAL DE LOS ASCENSORES
El nuevo marco legal de los ascensores incluirá las nuevas normas armonizadas UNE-EN 81-20:2015 y UNE-EN 81-50:2015, que sustituirán a las actuales UNE-EN 81-1: 2001+A3:2010 y UNE-EN 81-2:2001+A3:2010. Estas dos nuevas normas -EN81-20 y EN81-50- serán efectivas a partir del 1 de septiembre de 2017 y afectarán únicamente a los ascensores que se legalicen desde esa fecha; por contra, los ascensores que están en funcionamiento no necesitarán ninguna modificación.
UNE-EN 81-20:2015. Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores para el transporte de personas y cargas. Parte 20: ascensores para personas y personas y cargas. UNE-EN 81-50:2015. Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Parte 50: reglas de diseño, cálculos, inspecciones y ensayos de componentes de ascensor. Las nuevas normas mejorarán la seguridad gracias a la incorporación de progresos tecnológicos tanto en la fabricación como en la puesta en marcha, así como reglas de diseño, cálculo, inspecciones y ensayos de los componentes del ascensor. El objetivo es eliminar o minimizar el riesgo asociado al uso normal, instalación, mantenimiento y en las maniobras de emergencia de los ascensores, mejorando así la seguridad para usuarios y el personal de mantenimiento. Estas dos nuevas normas -EN81-20 y EN81-50- serán efectivas a partir del 1 de septiembre de 2017 y afectarán únicamente a los ascensores que se legalicen desde esa fecha; por contra, los ascensores que están en funcionamiento no necesitarán ninguna modificación.
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