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COMUNICADO SOBRE LA APLICACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2025 EN MATERIA DE VIVIENDA EN CÓRDOBA
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el 8 de mayo de 2025, aprobó el Acuerdo número 123/25 para la aplicación del Decreto-ley 1/2025, de 24 de febrero, sobre medidas urgentes en materia de vivienda, en el ámbito del municipio.
Este acuerdo incorpora las siguientes medidas urbanísticas relevantes:
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Se autoriza como uso alternativo el residencial de vivienda protegida en parcelas y edificios calificados por la ordenación urbanística vigente con usos de oficinas o establecimiento de alojamiento turístico. Igualmente, se aplica a parcelas calificadas como equipamiento comunitario privado sin destino específico o con uso genérico de servicios de interés público y social, conforme a lo establecido en el artículo 2.3 del Decreto-ley 1/2025.
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Se permite un incremento del 20% en la densidad de viviendas en parcelas y edificios existentes en suelo urbano residencial de vivienda libre, siempre que el edificio resultante se destine íntegramente a viviendas bajo algún régimen de protección. La edificabilidad podrá aumentarse en la medida necesaria, sin superar el aprovechamiento urbanístico permitido, conforme al artículo 2.4 del Decreto-ley.
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Se autoriza un incremento del 20% en densidad y un 10% en edificabilidad en parcelas sin edificar destinadas a vivienda protegida, bajo las condiciones del artículo 2.4 del Decreto-ley.
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Los plazos para solicitar licencia de obras son de dos años desde la adopción del acuerdo, y para ejecutar las obras, tres años desde la concesión de la licencia, según lo previsto en el Decreto-ley 1/2025.
El acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal, en cumplimiento de las normativas de transparencia y acceso a la información pública.
Estas medidas forman parte del compromiso municipal para facilitar el desarrollo de vivienda protegida y promover un uso eficiente del suelo urbano en Córdoba.
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